Siempre que su origen sea un siniestro incluido en alguna de las garantías de daños materiales y su contratación conste en las condiciones particulares, se cubrirán los gastos de traslado de mobiliario y alquiler de una vivienda similar si ésta resultara inhabitable por obras de reparación de los daños producidos, con máximo de un año de renta. En caso de que la vivienda asegurada se encuentre ocupada únicamente durante determinadas épocas del año, los gastos anteriores quedarán limitados como máximo a dos meses de alquiler.